Pérez & Burgos AbogadosAcceso clientes

VERI*FACTU 2027

Factura bien.
Sin estudiar el reglamento.

Tu empresa emite la factura. La plataforma crea el QR y el registro inalterable, lo encadena y controla su remisión a la AEAT. Pérez & Burgos vigila las incidencias y conserva la respuesta.

La adaptación está incluidaFacturación, QR, registros, control de envío y soporte del despacho dentro de los planes fiscales. Sin comprar otro programa ni pagar una licencia VERI*FACTU aparte.Comparar cuotas →

Diagnóstico en 30 segundos

¿Te afecta y desde cuándo?

Este resultado sirve para orientarte. El alta definitiva se contrasta con el 036, el territorio, el régimen y la forma real de emitir facturas.
Resultado orientativoDebes tener el sistema adaptado antes del 1 de enero de 2027

La fecha corresponde a contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Conviene migrar y probar antes para no llegar al cambio con series, clientes o facturas pendientes.

Qué cambia

Una factura deja un rastro que no se puede borrar.

El objetivo legal es impedir programas que oculten ventas o permitan alterar la facturación sin dejar constancia.
01

Emites

La factura completa o simplificada incorpora el QR tributario. La mención VERI*FACTU aparece cuando se utiliza esa modalidad.

02

Se registra

El sistema genera el registro de alta con los datos exigidos, fecha y hora, identificación del software y huella.

03

Se encadena

Cada registro enlaza con el anterior. Una corrección crea otro registro; el original permanece.

04

Se remite

En modalidad VERI*FACTU los registros se envían de manera continuada, automática y segura a la AEAT.

Dos modalidades legales

Elegimos VERI*FACTU porque reduce carga y riesgo.

Ambas modalidades deben cumplir el reglamento. La diferencia práctica está en enviar a la AEAT o asumir una conservación local mucho más exigente.
Modalidad recomendada

VERI*FACTU

  • Remisión continuada de registros a la AEAT
  • Autenticación segura del envío
  • Menos requisitos locales de firma y registro de eventos
  • La factura indica que es verificable
Alternativa

NO VERI*FACTU

  • Los registros no se remiten continuamente
  • Firma electrónica de registros
  • Registro de eventos y controles locales reforzados
  • Conservación, acceso y exportación bajo responsabilidad del usuario

A quién afecta

Regla amplia, con exclusiones concretas.

Normalmente sí
  • Sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades
  • Autónomos con actividad económica en IRPF
  • Entidades en atribución de rentas con actividad
  • No residentes con establecimiento permanente en España
  • Facturas completas y simplificadas emitidas mediante un SIF
Normalmente queda fuera
  • Facturación propia de obligados que cumplen el SII
  • Contribuyentes sometidos a normativa foral de País Vasco o Navarra
  • Operaciones sin obligación de expedir factura, con sus matices
  • Emisión exclusivamente manual, si no interviene un sistema informático

Guías prácticas

Prepárate según tu negocio.

Autónomos

Qué cambia en tus facturas y qué hacer antes de julio de 2027

Leer guía →

Dudas frecuentes

Lo que más se confunde.

¿VERI*FACTU y factura electrónica son lo mismo?+

No. VERI*FACTU regula el software y los registros de facturación. La factura electrónica obligatoria entre empresas nace de otra norma y tendrá su propio desarrollo. Una empresa puede quedar afectada por ambas obligaciones.

¿La AEAT recibe la factura completa?+

En modalidad VERI*FACTU se remite de forma continuada el registro de facturación con los datos reglamentarios. La factura sigue siendo el documento que recibe el cliente.

¿Puedo editar una factura ya emitida?+

No debe reescribirse ni borrarse. Los errores se corrigen con la factura rectificativa o el registro de anulación que corresponda, conservando la trazabilidad.

¿Hace falta un certificado?+

La remisión se autentica con certificado electrónico. Si la realiza el despacho, debe existir representación o colaboración social con alcance suficiente para los registros de facturación.

¿Basta con aceptar las condiciones del servicio?+

No. La AEAT exige que la representación para remitir los registros quede documentada mediante una forma admitida. El alta digital puede recoger y ordenar la firma, pero una casilla genérica de condiciones no sustituye el documento de representación.

¿Está incluido en la cuota?+

La adaptación del módulo de facturación, el QR, la cadena de registros y la gestión ordinaria VERI*FACTU están incluidos en nuestros planes fiscales. No cobramos una licencia VERI*FACTU separada. Los casos fuera del alcance del plan se presupuestan antes.

Estado actual de nuestra plataforma

Adaptación técnica avanzada. Activación oficial controlada.

Un registro ficticio ya fue aceptado en el entorno de pruebas de la AEAT. Aún no usamos VERI*FACTU con clientes: faltan el envío continuo desatendido, la declaración de la versión final y la activación de cada empresa. Hasta entonces no mostramos una factura como VERI*FACTU ni damos un envío por hecho sin respuesta oficial.

Fuentes oficiales consultadas

Contenido revisado el 14 de septiembre de 2026. Actualizaremos las guías si cambia la norma o la AEAT modifica sus especificaciones.

Adaptación incluida

Llega a 2027
con el trabajo hecho.

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